La Corporación de Exportadores de El Salvador
(Coexport) consideró que detrás de esta disposición presidencial se
encuentra la carencia de fondos en el Estado para sufragar temporalmente
el servicio.
El presidente de la República, Mauricio Funes, vetó la interpretación auténtica del decreto legislativo 604, que elimina el cobro de US$18 por los servicios de inspección no intrusiva para todos los regímenes aduaneros, incluyendo importaciones y exportaciones.
Si los diputados no logran superar el veto, que requiere de 56 votos a favor, los exportadores e importadores continuarán pagando los US$18 en las aduanas, y solo la mercancía de paso mantendrá el beneficio por 180 días.
En el documento remitido a la Asamblea Legislativa, Funes argumenta que la interpretación es inconstitucional, pues atenta contra el derecho a la seguridad jurídica al crear mayor incertidumbre en la aplicación de la legislación aduanal, confundiendo términos cuyo significado, asegura, son reconocidos internacionalmente, refiriéndose a “operaciones en tránsito” y a “comercio exterior”.
Según la Corporación de Exportadores de El Salvador (Coexport), la decisión obedece a la necesidad del gobierno de mantener ingresos para pagar al asocio Cotecna-Smith, quien ganó una concesión sin competidores para un plazo de 10 años.
Por ello Pablo Durán, presidente de dicha gremial, consideró que el veto no permite superar los obstáculos al comercio y recordó que en las últimas semanas los sistemas de aduanas siguen experimentando fallas informáticas, igual que el Centro de Trámites de Importaciones y Exportaciones (CIEX).
"No hay duda que se le quiere pagar a la empresa que opera el sistema de rayos X sacrificando la competitividad del país y los procesos. Es una mala decisión y afectará al sector a largo plazo", detalló Durán.
El presidente aseguró que el decreto inicial deja en claro que la suspensión aplica solo a las mercancías que no tienen por destino el país.
“Dicho decreto establece de manera específica que no pagarán las operaciones que se encuentren de tránsito, excluyendo con ello las operaciones de importación y exportación”, indica.
La interpretación auténtica dice que la suspensión del cobro por 180 días, aplica también a las operaciones de importaciones y exportaciones.
El mandatario indicó que en la legislación actual se ha utilizado el término “operaciones de tránsito” para el transporte de mercancías, donde se hace referencia específica al traslado de los bienes de un país a otro, por lo que en la interpretación auténtica modifican el sentido, “entendiendo que dicho término engloba a importaciones y exportaciones asemejándolo al concepto de ‘comercio exterior’”.
La pieza enviada por el Ejecutivo enfatiza que “si el espíritu original del decreto 604 hubiera sido incluirlas (a las importaciones y exportaciones), únicamente debía de haberse aplicado el término antes mencionado (es decir, ‘comercio exterior’)”.
“El punto es cobrar, porque todo esto se basa en un razonamiento monetario. Como las arcas del Estado están vacías, entonces que lo paguen los empresarios”, expresó el presidente de Coexport, Pablo Durán.
Añadió que, por ello, la noticia no les sorprende, pues ya se esperaban que la respuesta del mandatario se inclinaría por esta línea. “El veto se esperaba porque no hay dinero en las arcas del Estado”, apuntó.
Durán dijo que esperarán que la Asamblea supere el veto, pues “ellos han demostrado que el espíritu del decreto es que nos demos 180 días y que luego nos cobren”. No obstante, aseguró que respetarán la decisión final.
El conflicto por el cobro de US$18
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